El régimen chileno de sociedad conyugal establece distinciones legales que resultan discriminatorias para ambos cónyuges. En el caso de la mujer, al impedir que pueda ser administradora ordinaria de los bienes sociales y privarla de la administración de sus bienes propios, y en el del marido, a través de la institución del patrimonio reservado. En este artículo se revisan los problemas recientes que dicho régimen ha generado para el Estado de Chile en el contexto internacional y se analizan algunas de las propuestas de reforma legislativa desde la perspectiva de su cumplimiento con los estándares de derechos fundamentales.
Palavras-chave:
Chile, sociedad conyugal, derecho de familia, discriminación
Biografia do Autor
María Paz Gatica R., Facultad de Derecho Universidad de Chile
Abogada, Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales. Profesora de Derecho Civil, Facultad de Derecho, Universidad de Chile.